Con el divorcio los problemas se multiplican:

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Muchos clientes cuando vienen a verme, se plantean el divorcio como solución a un problema de convivencia. En esas dificultades en la relación influyen muchos factores: económicos, laborales, familiares…

Desde el respeto por su decisión, intento hacerles reflexionar sobre la posibilidad de que ese problema puede verse seriamente agravado y multiplicado.

Los hijos van a ser los más afectados, prueba de ello es el estudio firmado por Gunilla Ringbäck Weitoft (Comisión Nacional de Salud y Bienestar) y que ha sido publicado en la revista médica británica The Lancet. Según sus conclusiones, la tasa de enfermedades psiquiátricas se multiplica por 2,1 en las niñas y por 2,5 en los niños de hogares monoparentales. Los suicidios o tentativas de suicidio son 2 veces más frecuentes entre las chicas, y 2,3 veces más entre los chicos. El abuso del alcohol aumenta en un factor de 2,4 en ellas y de 2,2 en ellos. El mayor incremento de riesgo se registra en el consumo de drogas: ×3,2 para las chicas y ×4 para los chicos.

Los cónyuges también van a sufrir las consecuencias, informes psicológicos mantienen que una ruptura equivale a la muerte de un familiar cercano, incluso Rozzana Sánchez Aragón, investigadora de la Facultad de Psicología de la UNAM, después de explorar las reacciones de más de 800 personas afirma que el dolor en estos casos es más desgarrador.

A ello habrá que sumar las consecuencias económicas, la hipoteca que habrá que seguir pagando. El progenitor que deje la vivienda deberá abonar un alquiler, más pensiones a los hijos y tal vez a la esposa. También será necesario hacer frente a los múltiples gastos ordinarios y extraordinarios que tiene cualquier familia.

En la mayoría de los casos, como las personas buscamos la felicidad, me atrevería a decir “con desespero”. Se piensa en rehacer la vida con segundas, terceras… parejas; pero estos experimentos casi nunca salen bien. Debe pensarse en personas adultas con diferentes experiencias, modos de vida, costumbres… Que harán más difícil la adaptación. No se tiene en cuenta que la convivencia es algo arduo y trabajoso, muchas veces en esas relaciones hay hijos no comunes. Otras veces se añaden hijos comunes y si se vuelve a romper la relación, otra vez se pasa por las situaciones anteriormente descritas.

En mi día a día con clientes divorciados he visto esta realidad; pero es algo incomodo sobre lo que no se habla.

Aún así en EEUU, Francia y España el divorcio pierde terreno. En Holanda la preocupación por los efectos del divorcio en los hijos ha llevado a varios ayuntamientos de Holanda a poner enmarcha cursos gratuitos. Los cursos para padres jóvenes pretenden evitar el divorcio, con el argumento de que el daño que causa a los hijos es enorme. En EEUU la magistrada Leah W. Sears, ex presidenta del Tribunal Supremo de Georgia, propone crear programas de formación y centros universitarios orientados a ofrecer recursos y herramientas educativas a los matrimonios en crisis para facilitarles la reconciliación. En la Universidad de Minesotta se hizo un estudio y el resultado fue que casi 1 de cada 4 cónyuges declaró que su matrimonio todavía podía salvarse; en 1 de 9 casos, ambos cónyuges lo veían posible.

Valdría la pena ofrecer dicha oportunidad a las personas que desearán poner remedio a una crisis que tal vez sea pasajera.

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Usurpación de viviendas «okupación» ¿Qué sucede en el resto de Europa? 

europa

Holanda.- El propietario denuncia a la Policía y con autorización judicial desalojan.

Francia: La policía expulsa durante las primeras 48 h contadas desde que tiene conocimiento el propietario.

Alemania: lanzamiento  en 24 h desde la denuncia.

Dinamarca basta con acudir a la Policía.

En España dos años hasta la resolución, por ello se ha modificado la LEC y la Ley Orgánica 4/2015 de 30 de marzo a fin de dar una mayor agilidad a estos problemas. La novedad es que se puede pedir medida cautelar, para la expulsión inmediata.

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EL ABOGADO DEL SIGLO XXI

 

alma_togaLa práctica de la abogacía ha ido cambiando a lo largo de la historia, para percibir dicho cambio, no hace falta remontarse al siglo XVI, momento en el que Felipe II aprueba las «Ordenanzas de la Congregación de Abogados de la Corte», precedente del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

La sociedad ha evolucionado tan rápido, y hemos olvidado: que hasta 1970 no había mujeres en la Fiscalía en España. La primera juez de España, Dª María Jóver Carrión, toma posesión de su plaza en 1973. Hasta el año 1971 no se permitía a las mujeres opositar a notarías. Ello, porque se consideraba impropio de su sexo, y así la Ley de Derechos Políticos, Profesionales y de Trabajo de la Mujer, de 1961 proclamaba: “en caso de que la mujer ejerciese como magistrado, juez o fiscal pondría en peligro ciertos atributos a los que no debe renunciar, como son la ternura, la delicadeza y la sensibilidad”.

Como una ya ha cumplido años, recuerda: las máquinas de escribir con papel de calco, el uso del latín, las frases grandilocuentes… Aún llevamos toga, aunque en algunos juzgados, para determinados actos procesales, se nos dispensa. Algunos clientes, me han preguntado, ¿usted habrá usado peluca? Entonces, paso a explicarles que en España nunca se ha utilizado.

En el año 2002 se vio la necesidad de modernizar el lenguaje jurídico, por ello se aprobó por unanimidad en el Congreso la Carta de Derechos del Ciudadano ante la Justicia, en la que se reconoce a la ciudadanía el derecho a comprender y la necesidad de una claridad en las exposiciones. Hasta hace poco, podías escuchar al magistrado o al abogado: Dolum facit qui ex alienba iactura lucrum quaerit. El pobre cliente te miraba horrorizado, pensando que le había impuesto la máxima pena. A pesar de la recomendación todavía existen jueces y abogados que continúan utilizando locuciones latinas.

Lo cierto, es que aunque se hable en español, pocos clientes se enteran por completo, aunque previamente les hayas explicado a fin de situarlos en el proceso, porque existe una parte técnica. Además los nervios les bloquean, eso cuando no se han medicado, para afrontar la vista. El cliente tiembla en el banquillo y desea que se olviden de él. Comienza su Señoría: “Parte actora…” “Parte demandada…” A lo que contestamos los abogados con fórmulas: “Nos ratificamos en nuestro escrito de demanda y solicitamos el recibimiento del juicio a prueba”.

En la jurisdicción penal a preguntas del Juez: “Tiene interés en el pleito” “Tiene amistad, enemistad con el acusado”… El cliente suele permanecer mudo. Muchos jueces lo explican, otros te piden que bajes del estrado y hables con ellos, y los menos se molestan, porque piensan que no les has informado previamente.

Antes se usaban frases para preguntar y repreguntar que provocaban una gran confusión, la mayoría de jueces ya no permiten su uso. “Diga ser cierto que…”; “No es más cierto…”; “Presumiblemente Usted…”; “supuestamente…”

En una ocasión cuando su Señoría exclamó: “¡impertinente!” Mi cliente saltó como un resorte, preguntando, ¿me puede llamar eso?

En otra ocasión, el Juez ante un testigo que se mostraba remiso a declarar. Le ordenó: “¡deponga!”. El testigo permanecía demudado, porque más tarde me manifestó que sólo conocía el significado escatológico de la palabra, y no daba crédito a lo que se le pedía.

Normalmente, el cliente que se ve inmerso en un juicio no sabe bien lo que le ocurre, porque todo aquello le parece innecesario, cuando no sin sentido o un circo como me ha comentado más de uno. Lo que le explica su abogado como no se adecua al cien por cien a sus aspiraciones le parece injusto. Por mucho que le adviertas que, en el juicio o la declaración, deberá responder a lo que le pregunten y no tiene nada que ver con las películas americanas o algunos realitys de televisión, piensa que ha perdido el tiempo, porque no ha podido extenderse en sus explicaciones lo que le hubiere gustado. Y, “¡para colmo! ¡Su abogado tampoco lo ha dicho y casi no ha hablado!”. Muchos clientes me dicen, necesito decir “que me ha sido infiel”. Entonces servidora se siente muy frustrada, porque con anterioridad a ello le ha explicado varias veces que las causas de separación fueron erradicadas, por la Ley 15/2005, de 8 de julio, y que las mencionadas causas de separación eran culpabilizadoras, lo que suponía perpetuar el conflicto entre los cónyuges, cuando es patente su voluntad de no continuar su matrimonio. Así, se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad garantizado por el art. 10.1 CE, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Que en éste mismo sentido se han pronunciado los Jueces de Familia, ect.

Desde que un cliente viene al despacho, procuro situarle a lo que se va a enfrentar. Así cuando me apuntan, “¿mejor de tú?” Una comprende que es natural, porque me ha contado hechos que tal vez nadie más comparta. Entonces paso a relatarle que en el despacho le “tutearé”, pero que en el juicio no. Es por respeto y que al Juez le llamaré Señoría, con una mezcla de asombro y espanto, me pregunta, “¿y yo?” De usted, con ello basta.

Al cabo del tiempo llega la sentencia, y se la remites con la indicación de aclarar lo que fuera necesario. Normalmente al momento suena el teléfono, es el cliente que le ha dado un tantarantán, aunque sea favorable. La razón de la alarma, -la explico con lo que me expresó otra clienta-“ es que no lo había entendido, porque parece escrita en otro idioma”.

 

Si algo nos ha facilitado nuestra profesión ha sido, Internet, –ese invento con nombre de bicho en el que es obligado comprender una extraña jerga: web, megas, ciberespacio…- así lo denomina una cliente. A principio de año se vivió una verdadera tragedia con la llegada de Lexnet. Los Colegios se movilizaron a fin de darnos la formación necesaria para su manejo, y nos aplicamos a ello, porque a partir del uno de enero las notificaciones llegarían por allí. En un primer momento, los nervios estaban a flor de piel, ¿qué pasaría con los plazos, las demandas muy voluminosas, las grabaciones, ect? En éste momento nos congratulamos, porque nos ahorra muchos viajes a los Juzgados. Para la abogacía la informática e Internet han sido una verdadera revolución, aún recuerdo los tomos de Jurisprudencia y la laboriosidad de buscar las sentencias. En la actualidad han quedado relegados a elementos decorativos en los despachos, porque todos usamos las bases de datos en el móvil y a través de Web, la biblioteca electrónica del ICAM; el acceso a múltiples organismos a través de la firma digital… Vamos que si nuestros distinguidos predecesores visitaran nuestros despachos, quedarían pasmados.

Los abogados por desgracia no tenemos varita, ni hacemos milagros que nos hagan ganar los juicios. Tampoco la bola de cristal que nos permita ver en el interior de las personas o adivinar el futuro. He comprobado que hay clientes que lo piensan y abogados que lo hacen creer. Eso sin perjuicio que me guste bromear sobre mis artes adivinatorias o cuando juego con mis nietos al espejo mágico y me convierto por arte de birli birloque en Maléfica.

La realidad es que los abogados como cualquier hijo de vecino, estamos sometidos a la ley , y por ello cuanto más la conozcamos, mejor servicio prestaremos a nuestros clientes. Me doy cuenta que ello es algo desconocido entre la clientela, porque no te harían comentarios como: “esto  mi vecina lo interpreta como…”  Servidora entonces intenta explicar que las leyes no las interpretan mi madre, mi cuñada, ni tan siquiera mi pareja… Sino los tribunales y sobre todo su órgano máximo, el Tribunal Supremo.

La mayoría de personas desconoce que este trabajo se basa sobre todo en el estudio, y la mayoría de clientes piensan que eres una especie de psicólogo. Recuerdo a mi padre siempre con un libro, aprovechaba las vacaciones y fines de semana para ello.Dicho lo anterior, el conocimiento va a ser el mapa a través del cual fijemos el rumbo para llevar a nuestro cliente a buen puerto.

Hasta el momento parece que en casi todo hemos salido beneficiados con el progreso, pero hay algo que en mi modesta opinión se debería mejorar, por lo que recomendaría a las nuevas generaciones el libro, “El Alma de la Toga”, como de necesaria lectura y que me atrevo a recomendar a jóvenes y mayores, da una serie de consejos que hoy más que nunca son precisos:

“La abogacía no es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.”

Recuerdo lo que me dijo un compañero, cuando una era más joven: “ganas un pleito y comienzas a sufrir por el siguiente”. Así es esta profesión.

Hoy en día, vengo observando con tristeza y no sólo por mi experiencia, también por la de mis compañeros que cuando un proceso comienza a inclinarse de tu lado, la parte contraria se revuelve contra uno desacreditándole, criticando su actuación profesional e incluso procurando intimidarle. Algo totalmente prohibido por nuestro Código deontológico.

Conozco que posturas como la anterior a veces son inspiradas por el propio cliente, pero la lealtad hacia él pasa por informarle de los comportamientos que pueden perjudicarle y no debe realizar, y sé que algunos no van a admitirlo, pero si nos exigieran conductas que prohíbe nuestra Código o que pensemos que no les van a favorecer, deberemos renunciar a su defensa.

Hoy en día, existen muchos abandonos en la profesión, tal vez se debe a no saber decir que no a tiempo, porque cuando uno libra determinadas batallas, cae rendido por una sensación de asco.

No sé si es por efecto de la crisis, pero cada vez es más difícil alcanzar acuerdos extrajudiciales. De un lado te encuentras con clientes que parecen abducidos, pretenden hacer un negocio redondo, ¡vamos que ni el gordo de Navidad! Es decir, ¡todo ganancia! No están dispuestos a llevarse en el asunto su cuota, sino la parte del león y la de la fauna al completo. Este cliente piensa que los abogados somos magos capaces de conseguirles todo el pastel.

Me parece que en el bachillerato, sería necesaria una asignatura sobre  conocimientos prácticos jurídicos. Se ha dicho que sin unos conocimientos mínimos de Física no se puede vivir. Me atrevería a afirmar que sin unos conocimientos jurídicos tampoco. En mi modesta opinión, el atrevimiento proviene del desconocimiento, hemos estudiado química en nuestra juventud, pero a ninguno se nos ocurriría fabricarnos nuestros medicamentos. El Derecho es una ciencia compleja con múltiples facetas y entresijos que se hace necesario contemplar en cualquier negocio.

Siempre me gusta poner ejemplos reales. Ahí van algunos sencillos con los que te encuentras casi a diario y que con una prevención, no se hubieran dado. Recuerdo la señora que había cedido el usufructo de todos sus bienes al marido, y por ello no podía disfrutar de nada hasta el fallecimiento de su consorte. El arrendador que le ha cambiado la cerradura a su inquilino y lo ha denunciado. El progenitor que incumple las legítimas y organiza un embrollo mayúsculo. Lo último,  las amenazas e insultos vertidas por wasap en un momento de enfado, que si se denuncian, van a tener consecuencias.

Existen despachos que van directamente al pleito, y te piden condiciones insostenibles, lo que vulgarmente se llama picar el pleito. Cuando les dices que el Juez siempre me va a dar X, ¡no me pidas más! Rompen la negociación. Aprovechan el enfado del cliente para enconar la situación. En esta profesión el cliente no siempre tiene la razón, y flaco favor le hacemos con dársela cuando no la tiene. Si existiera esa cultural legal, el cliente detectaría estas cosas.

 

 

 

 

 

 

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Niños y adolescentes

 adoAumentan los problemas en los niños y adolescetes: drogas; maltrato a sus progenitores; lo último, está de moda ser delincuente…Una realidad que percibo día a día en mi trabajo y me pregunto, ¿a qué se debe? Preparando un recurso he descubierto a   Aldo Naouri, y a Pascal Bruckner, que dan respuesta a la pregunta.

 Aldo Naouri,pediatra, psicoanalista y pedagogo francés : las consecuencias están siendo nefastas, porque esos niños a los que «nada se les impone» y a quienes «se deja a expensas de sus deseos y pulsiones», no han llegado a ser individuos más responsables y felices, sino que dan muestras de angustia y egoísmo des­de edades muy tempranas. En realidad, según Naou­ri, se ha subvertido el principio de autoridad, de tal manera que son los padres los sometidos al juicio de los hijos y quienes tienen que adoptar su siste­ma de valores.

Pascal Bruckner, filósofo y novelista:  Realmente, si se desmonta la autoridad de los pa­dres, los papeles se confunden, llegando a la supre­macía de los papas amiguetes, de las mamas cole-guis, rechazando cualquier diferencia entre ellos y sus vastagos y ofreciéndoles un único credo ultra-permisivo: ¡haz lo que te plazca! Y así, «esos adul­tos juveniles no han preparado a sus crías para las tareas que les esperaban y, creyendo alumbrar una humanidad nueva, han fabricado seres ansiosos, desamparados…

 

 

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Reforma en los procesos de nulidad

 El Papa Francisco ha modificado los cánones 1671 al 1691 del Código de Derecho Canónico introduciendo nuevas reglas procesales con la presentación de «Mitis Iudex Dominus Iesus» y ”Mitis et misericors Iesus”.

Con la reforma se pretende simplificar y lograr una mayor rapidez en el procedimiento, en la actualidad venía a estar en dos años. Si bien es necesario decir que la demora se debe en su mayor parte a técnicas dilatorias de la parte que se opone a la nulidad. En éste momento tengo una causa que en todos los trámites ha solicitado que se le conceda un aplazamiento, normalmente dicho aplazamiento se concede con lo que se alarga innecesariamente el proceso. En la nueva regulación se establece que la causa deberá durar como máximo un año. A fin de lograr dicha celeridad con una sentencia será suficiente para obtener la nulidad, salvo que una de las partes recurra.  Pero se trata de evitar el alargamiento innecesario y como ello no es ajeno al Santo Padre,  en el Can. 1680 se indica que se podrá inadmitir el recurso cuando sea manifiestamente dilatorio.

Se introduce el Proceso Breve en los Can. 1683 a 1687 estas causas competerán al Obispo que se ayudará de dos consultores. El Obispo  dictará la resolución o remitirá el caso al proceso ordinario. Podrán acudir a este procedimiento:

  • Falta de fe que puede generar la simulación del consentimiento o el error que determina la voluntad.
  •  Brevedad de la vida matrimonial
  • Aborto para impedir la procreación
  • Persistencia obstinada en una relación extramatrimonial en el momento de la boda o en un momento inmediatamente posterior.
  • Ocultación maliciosa de infertilidad o de una enfermedad grave o contagiosa.
  • Ocultación de hijos nacidos de otra relación
  • Ocultación de encarcelamiento.
  • Embarazo de la mujer
  • Violencia física inflingida para arrancar el consentimiento.

La reforma va a entrar en vigor el próximo 8 de diciembre, como se han reducido considerablemente los trámites del proceso y por lo tanto el trabajo, en el Despacho reduciremos nuestros honorarios.

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¿Cómo ha afectado la reforma del Código Penal al incumplimiento del régimen de visitas?

PESCAEn vacaciones, sobre todo en verano, recibo llamadas de clientes, para que les asesore sobre las acciones que pueden emprender respecto de incumplimientos del régimen de visitas.

Este año con la entrada en vigor de la  Ley Orgánica 1/2015 , de 30 de marzo  el pasado 1 de julio, el panorama ha cambiado de forma notable. Debe tenerse en cuenta que se han suprimido las faltas que se regulaban en el Libro III Código Penal, si bien algunas de ellas se incorporaron al Libro II del Código como delitos leves. No es el caso del antiguo art. 618. 2 (castigaba los incumplimiento del progenitor custodio)  y 622 (castigaba las infracciones del no custodio).

Por ello, a partir de ahora, en los casos de obstaculización o incumplimiento del régimen de visitas, en vez de presentar denuncia, se tendrá que instar una ejecución del régimen de visitas. Lo que supone  un procedimiento ante el Juzgado que dictó la sentencia que otorgó las visitas. En dicho procedimiento se podrán solicitar distintas medidas: reforma del régimen de visitas o guarda, multas coercitivas, seguimiento por el Punto de Encuentro…

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Los abogados no tenemos varita mágica.

hada

Los abogados por desgracia no tenemos varita, ni hacemos milagros que nos hagan ganar los juicios. Tampoco la bola de cristal que nos permita ver en el interior de las personas o adivinar el futuro. He comprobado que hay clientes que lo piensan y abogados que lo hacen creer. Hasta tal punto ello es así, que el Colegio de Abogados prohíbe asegurar un resultado respecto de un pleito.

Eso sin perjuicio que me guste bromear sobre mis artes adivinatorias o cuando juego con mis nietos al espejo mágico y me convierto por arte de birli birloque en Maléfica.

La realidad es que los abogados como cualquier hijo de vecino, estamos sometidos a la ley , y por ello cuanto más la conozcamos, mejor servicio prestaremos a nuestros clientes. Me doy cuenta que ello es algo desconocido entre la clientela, porque no te harían comentarios como: » esto  mi vecina lo interpreta como…»  Servidora entonces intenta explicar que las leyes no las interpretan mi madre, mi cuñada, mi pareja… Sino los tribunales y sobre todo su órgano máximo, el Tribunal Supremo.

La mayoría de personas desconoce que este trabajo se basa sobre todo en el estudio. Recuerdo a mi padre siempre con un libro, aprovechaba las vacaciones y fines de semana para ello.

Dicho lo anterior y como el conocimiento va a ser el mapa a través del cual fijemos el rumbo para llevar a nuestro cliente a buen puerto. Me he puesto con el estudio de la reforma del Código Penal que entra en vigor el próximo 1 de julio, por ello nuestras vacaciones van a tener que dedicarse necesariamente a este quehacer dado que es una de las más extensas, afecta a más de 300 artículos. Introduce novedades como la prisión permanente revisable, en materia de penas aparecen importantes modificaciones. Considerables cambios en Derecho Penal económico. Desaparecen las faltas y surgen los delitos leves y también delitos de nueva creación.

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La importancia de la Deontología en la profesión

alma_toga«El Alma de la Toga», un libro de necesaria lectura y que me atrevo a recomendar a jóvenes y mayores, da una serie de consejos que hoy más que nunca son precisos:

«La abogacía no es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.»

Recuerdo lo que me dijo un compañero, cuando una era más joven: «ganas un pleito y comienzas a sufrir por el siguiente». Así es esta profesión.

Hoy en día, vengo observando con tristeza y no sólo por mi experiencia, también por la de mis compañeros que cuando un proceso comienza a inclinarse de tu lado, la parte contraria se revuelve contra uno desacreditándole, criticando su actuación profesional e incluso procurando intimidarle. Algo totalmente prohibido por nuestro Código deontológico.

Conozco que posturas como la anterior a veces son inspiradas por el propio cliente, pero la lealtad hacia él pasa por informarle de los comportamientos que pueden perjudicarle y no debe realizar, y sé que algunos no van a admitirlo, pero si nos exigieran conductas que prohíbe nuestra Código o que pensemos que no les van a favorecer, deberemos renunciar a su defensa.

Hoy en día, existen muchos abandonos en la profesión, tal vez se debe a no saber decir que no a tiempo, porque cuando uno libra determinadas batallas, cae rendido por una sensación de asco.

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Predicción para el 2015

imagesEn septiembre de 2011 me atreví a hacer de pitonisa y no salió mal el experimento. En vista de lo cual me han ascendido y ahora se me permite usar la capa de Maléfica, uno de mis personajes favoritos. Extiendo mis manos sobre el lago negro y aparece lo que nos depara el 2015.      Contemplo a españoles hastiados, la indignación los supera y muchos dejándose llevar de ella, votarán a los que dicen: poseer la llave mágica, para arreglar tanto estropicio. Lo malo es que el sentido común nos dice que  conjuros y hechizos pertenecen al mundo literario. Desaparece el embargo sobre Cuba, de vez en cuando, nos levantamos con una buena noticia. Esperemos que las condiciones de sus ciudadanos mejoren, y que la corrupción no invada esa Isla Bonita, mis mejores deseos para ellos, tal vez entonces me decida a visitarla.

Otra buena noticia: el turismo está  mejor que nunca. Nuestros vecinos europeos y de allende los mares quieren disfrutar de nuestro sol, playa, cante… Algo de lo que debemos congratularnos.

Y dirán ustedes, pero hasta ahora no ha pronosticado nada, y tienen toda la razón, ¡vamos allá! Me parece que los dos grandes partidos PP  y PSOE van a sufrir un descalabro épico. Sí lo dicho, como el de los troyanos o el de la Armada invencible.

La economía mejorará, porque no hay mal que cien años dure. Además  si recordamos las plagas de Egipto duraron siete años. Nuestra crisis comenzó en el 2008, tenemos que estar cerca de superarla.

Ya sólo me resta desearles, ¡un Feliz 2015! En el que se cumplan todos sus deseos. Si todos, todos no se cumplen, recuerden que solo soy aprendiz de bruja y la capa me la han prestado. Además no tengo varita.

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Los números de 2014

Los duendes de las estadísticas de WordPress.com prepararon un informe sobre el año 2014 de este blog.

Aquí hay un extracto:

Un teleférico de San Francisco puede contener 60 personas. Este blog fue visto por 1.800 veces en 2014. Si el blog fue un teleférico, se necesitarían alrededor de 30 viajes para llevar tantas personas.

Haz click para ver el reporte completo.

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